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Funciones y ámbito de actuación del CEUMA

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Funciones y ámbito de actuación del CEUMA

El Comité Ético de Experimentación de la Universidad de Málaga (CEUMA) valorará los protocolos de investigación o cualquier otro procedimiento experimental llevado a cabo en las instalaciones de la UMA, se encuentre o no adscrito a esta Universidad el personal investigador que los lleva a cabo. También será responsable de la revisión de las prácticas docentes impartidas por esta Universidad que impliquen el uso muestras biológicas de origen humano, organismos vivos estándares o modificados genéticamente o agentes biológicos, o no, potencialmente nocivos para el hombre o el medio ambiente, según lo establecido en la legislación actual vigente.

Esquema Autorizaciones de Proyectos por Tipo.


Funciones:

  1. Emitir los informes éticos preceptivos solicitados por instituciones e investigadores sobre proyectos o trabajos de investigación que impliquen procesos experimentales de los citados anteriormente.
  2. Emitir los informes necesarios para la realización de prácticas docentes que impliquen el manejo de muestras biológicas de origen animal o humano, la experimentación con animales o el empleo de seres humanos, el uso de agentes biológicos, o no, potencialmente nocivos o el uso organismos modificados genéticamente.
  3. Velar por el cumplimiento de las buenas prácticas docentes e investigadoras, en relación con los derechos y bienestar de las personas, los animales y del medio ambiente.

 

Aspectos que se tendrán en cuenta:

  • En el caso de uso de muestras biológicas de origen humano, la existencia del Consentimiento Informado, o la autorización legal adecuada, así como los métodos utilizados para la eliminación de las muestras una vez finalizado su uso.
  • En el caso del empleo de seres humanos, la existencia del Consentimiento Informado y la declaración así como de todas aquellas cautelas que garanticen la ausencia de cualquier tipo de daño físico o psicológico. Si el Comité así lo considerara en esos casos se podrá asesorar de Comités Clínicos de los Hospitales Universitarios.
  • El origen de los organismos modificados genéticamente y los métodos de uso, transporte, cesión o eliminación, según el caso, de acuerdo con la protección de las personas, del medio ambiente y atendiendo a la legislación vigente.
  • Los mecanismos utilizados para la protección frente a agentes biológicos o sustancias químicas potencialmente nocivas, así como los métodos de eliminación, en su caso, de acuerdo con la protección de las personas, del medio ambiente y atendiendo a la legislación vigente.
  • Igualmente el CEUMA podrá solicitar aclaraciones y/o proponer modificaciones para dar el visto bueno al procedimiento a seguir.
  • El comité ético de experimentación animal posee un Reglamento de Funcionamiento interno para adaptarse a  las funciones de comité ético de centro usuario y de cría que impone el RD 53/2013
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