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CONVOCATORIAS, CALENDARIO Y EVALUACIÓN

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GUÍA DE LAS EVALUACIONES ANUALES DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (UMA)

Versión de mayo de 2024

 

LAS CONVOCATORIAS DE EVALUACIÓN Y SUS PLAZOS

§1. Convocatorias y plazos para alumnos matriculados por primera vez. Estos deberán evaluarse obligatoriamente en la convocatoria de septiembre-octubre del curso siguiente.  Si no se presentan (no presentado) o no la superan (evaluación negativa), deberán presentarse obligatoriamente a la siguiente convocatoria que tendrá lugar en marzo-abril. Si no se presentan (no presentado) o no la superan (evaluación negativa), quedarán excluidos del programa de doctorado.

§2. Para los alumnos matriculados en cursos anteriores, quienes hayan obtenido la evaluación positiva de la anualidad anterior en la convocatoria de de septiembre-octubre, tendrán que evaluarse obligatoriamente en la convocatoria de septiembre-octubre del año siguiente. Si no se presentan (no presentado) o no la superan (evaluación negativa), deberán evaluarse en la convocatoria siguiente de marzo-abril. Si no se presentan (no presentado) o no la superan (evaluación negativa), causarán baja en el programa de doctorado.

En definitiva, todos los alumnos deben someterse obligatoriamente a evaluación al año de haber obtenido la anterior evaluación positiva. Si la obtuvieron en septiembre-octubre, será en septiembre-octubre del año siguiente y si la obtuvieron en marzo-abril, en marzo-abril del año siguiente. Esto significa que cada vez que un alumno supera la evaluación en la segunda convocatoria, cambia la fecha de evaluación de la siguiente (Si un alumno se presentó, por ejemplo, en primera convocatoria en septiembre-octubre de 2023 y no superó la evaluación y lo hace en marzo-abril de 2024, la primera convocatoria de evaluación de la siguiente anualidad ya no es septiembre-octubre de 2024, sino marzo-abril de 2025)

§3. Tutores y directores: para que todo funcione correctamente es necesario que todos realicemos las tareas que nos incumben. Si los tutores y directores no validamos las actividades de nuestros alumnos y presentamos los informes, no se podrá evaluar al alumno y este perderá la convocatoria.

 

EVALUACIONES ANUALES

 

§4. Reglas generales: las características específicas de la evaluación dependen de la anualidad del doctorando y de su régimen de dedicación (a tiempo completo o parcial), si bien son de aplicación las siguientes reglas generales:

  • Solicitud del doctorando: para poder presentarse a una convocatoria hay que solicitar la evaluación. La solicitud la debe realizar el doctorando a través del DAD.
  • Doctorandos de primer año: las evaluaciones se realizan sobre anualidades cumplidas, por lo que los doctorandos de primer año no tienen que solicitar la evaluación de su primera anualidad hasta septiembre-octubre del siguiente curso. Por ejemplo, los estudiantes que ingresan en el programa en octubre de 2022 no tendrán que solicitar su primera evaluación hasta septiembre-octubre de 2023 (primera convocatoria). Si no lo hacen en la primera convocatoria o o no la han superado, deberán acudir a la siguiente: marzo-abril 2024.
  • Informe del tutor, tutor/director o codirector: en todas las evaluaciones, el tutor,  el tutor/director  y, en su caso, el codirector deben subir al DAD un informe donde conste su visto bueno al trabajo del doctorando durante la anualidad. No existe un formulario o modelo para el mismo, pero se espera que el tutor informe con suficiente detalle al tribunal de los avances realizados por el doctorando. Sin este informe no se puede someter a evaluación al doctorando.
  • Lengua de la evaluación: la lengua usada en los documentos en los que se base la evaluación, será la misma del proyecto presentado para la admisión en el programa de doctorado. El uso de otra lengua deberá ser previamente autorizado por el coordinador del programa.
  • Fechas de apertura del DAD en cada convocatoria: Los alumnos obligados a someterse a evaluación reciben normalmente una notificación del DAD aunque ello no les exime de estar al tanto de su situación en lo referente a la evaluación.

 

  • Tribunal: en todas las evaluaciones los profesores de la comisión académica y de calidad actúan como tribunal. 
  • Criterios de evaluación: la comisión académica  no juzga el trabajo del doctorando desde un punto de vista científico, sino su progreso, es decir, si se ha producido o no un avance significativo respecto del proyecto de investigación presentado..
  • Plan de investigación: para cada evaluación, el DAD exige al doctorando que suba a la aplicación el «plan de investigación» con el índice actualizado de la tesis. Debe tenerse en cuenta que, en este programa de doctorado, el proyecto de investigación del doctorando debe presentarse para ser admitido en el mismo, y es evaluado en el momento de la admisión. Por esta razón, el proyecto en sí no se somete a evaluación. Bajo el nombre de «plan de investigación», el doctorando debe subir en cada evaluación un solo documento en formato word, que debe contener, además del proyecto de investigación y el índice actualizado, el plan de formación y un documento de trabajo para los estudiantes de la primera y segunda anualidad. En la tercera anualidad el plan de investigación que se somete a evaluación debe contener una relación de las aportaciones de calidad (publicaciones) realizadas por el doctorando. En la evaluación de la cuarta y quinta evaluación en los alumnos a tiempo parcial y de la sexta y séptima de los alumnos a tiempo parcial, se debe presentar un breve informe de máximo 1000 palabras en el que se indique cuáles son las partes de la tesis ya terminadas y qué resta para terminar. Si no se hubiera obtenido la puntuación necesaria para defender la tesis, se deben seguir aportando las publicaciones hasta alcanzar el punto necesario.
  • Plan de formación: a partir del curso 23/24 los alumnos matriculados por primera vez en el programa deben subir al DAD también un plan de formación. Este plan contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la tesis doctoral (cursos, impartición de seminarios, acciones de movilidad, etc.). Dicho documento se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por la Directora o Director y por la tutora o tutor. Como se ha dicho se ha de incluir junto al plan de investigación, documetnos de trabajo y/o publicaciones.
  • Actividades formativas: a lo largo del doctorado, el estudiante tiene que completar al menos 200 horas formativas. Las actividades formativas no serán objeto de valoración y cuantificación en cada evaluación anual, sino sólo en el momento de solicitar el depósito de la tesis doctoral aunque los doctorandos deben subirlas al DAD tan pronto como se realicen.

Modalidades de actividades formativas: el programa de doctorado contempla exclusivamente cinco tipo de actividades formativas, a las que atribuye una determinada cuantificación en horas. Los tipos de actividades formativas son los siguientes:

-Estancias de investigación: mediante la estancia en un centro de investigación de prestigio, distinto de aquel donde lleva a cabo su doctorado, el doctorando puede adquirir experiencias y contactos muy válidos para su formación como investigador. Las estancias en centros de investigación deben tener una duración mínima de una semana, y se cuantifican a razón de 50 horas por semana. Se recomienda que todos los doctorandos a tiempo completo realicen un mínimo de un mes de estancias de investigación (suficiente para alcanzar las 200 horas) a lo largo del doctorado. Además, estas estancias son obligatorias para obtener el doctorado en cotutela o con mención internacional.

-Congresos: la asistencia a congresos nacionales o internacionales proporcionan al doctorando la posibilidad de conocer el estado actual de una determinada cuestión y presentar a la comunidad científica sus propios avances de investigación. Se cuantifican en horas a razón de 8 horas por día de Congreso, el doble si se presenta comunicación o ponencia. Se recomienda que todos los doctorandos asistan al menos a un congreso en cada una de las anualidades y presenten al menos en una ocasión a lo largo de su doctorado una comunicación o ponencia.

-Seminarios del programa de doctorado en ciencias jurídicas y sociales: dada la naturaleza multidisciplinar del programa de doctorado, los seminarios de doctorado tienen un contenido muy variado. Los doctorandos pueden asistir a los que deseen, no solo a los que coincidan con su línea de investigación. La cuantificación en horas depende de cada seminario, y varía entre las dos horas de una ponencia individual a las ocho o diez horas de las jornadas en las que intervienen varios ponentes. Se refleja siempre en el certificado acreditativo de la asistencia. Los seminarios del programa de doctorado se anuncian a través del Campus Virtual.

-Seminarios o cursos organizados por la Escuela de Doctorado o la Biblioteca de la UMA: estos seminarios o cursos pueden tener un contenido muy variado. Su cuantificación depende de la naturaleza de cada uno y se refleja en el diploma o certificado acreditativo.

-Asistencia a actos de defensa de tesis doctoral: se considera que la asistencia a actos de defensa de tesis doctoral tiene también un contenido formativo para todo los doctorandos. Cada acto de asistencia se cuantifica como dos horas de actividad formativa. Solo serán tenidas en cuenta las asistencias a actos de defensa de las tesis doctorales de este programa de doctorado.

 

  • Calificaciones: la calificación puede ser positiva o negativa, esta última acompañada de un breve informe del tribunal. Si no se ha presentado el alumno, constará como no presentado, lo que tiene el mismo efecto práctico de una negativa. Las calificaciones se comunican a través del DAD. Asimismo cuando se suben publicaciones, la comisión publicará una nota con la puntuación otorgada a la publicación aportada para que cada alumno sepa en todo momento lo que le falta de cara a poder solicitar la defensa de la tesis doctoral.
  • Agotamiento de convocatorias: dos calificaciones negativas o dos no presentados o un no presentado y una calificación negativa en la misma anualidad suponen la imposibilidad de continuar en el programa por agotamiento de las convocatorias.

 

§5.  Evaluación de la primera anualidad:

•    Documento de trabajo: la evaluación de la primera anualidad se basa en los avances realizados en su proyecto de investigación, plasmados en un documento de trabajo (un capítulo o fragmentos de su futura tesis doctoral) de mínimo 35.000 palabras para los alumnos a tiempo completo y de al menos 20.000 para los de tiempo parcial. El documento de trabajo debe ir acompañado del Proyecto de investigación original, del plan de formación y un índice actualizado de la tesis. Es importante recordar que tanto el proyecto de investigación como el índice, el plan de formación y el documento de trabajo deben juntarse en uno solo texto y subirse al DAD. Los alumnos han sido admitidos en el programa de doctorado para la elaboración de un proyecto concreto de investigación, por lo que la comisión académica no otorgará evaluación positiva si el doctorando ha cambiado el tema de su proyecto de investigación salvo causas muy justificadas. Lo anterior no es óbice para que el proyecto de investigación originario pueda ser objeto de reducciones o ampliaciones.

Al solicitar la evaluación, debe constar en el DAD el «plan de investigación», que debe contener el documento de trabajo, así como un índice detallado y actualizado de la tesis doctoral, una relación de las fuentes efectivamente consultadas. La bibliografía no se contará para el cálculo del número mínimo de palabras que debe reunir el documento de trabajo.

Informe del tutor, el tutor/director y codirector: el tutor, el tutor director y, en su caso, el codirector deben subir al DAD un informe donde conste su visto bueno al trabajo del doctorando durante la primera anualidad.

 

§6.  Evaluación de la segunda anualidad:

•    Documento de trabajo: la evaluación de la segunda anualidad se basa en el “plan de investigación” que debe incluir, además del índice actualizado de la tesis doctoral, un documento de trabajo de al menos 70.000 palabras (estudiantes a tiempo completo) o de al menos 45.000 palabras (estudiantes a tiempo parcial) en el que el doctorando debe reflejar avances sustantivos de su proyecto de investigación (por ejemplo, un capítulo o fragmentos de su futura tesis doctoral).

     Dicho Documento de trabajo debe subirse a la aplicación DAD para su evaluación.

•    Al solicitar la evaluación, debe constar en el DAD el «plan de investigación», que debe contener: el documento de trabajo que se somete a evaluación, en formato pdf, así como el índice actualizado de la tesis doctoral. 

Informe del tutor, el tutor/director y codirector: el tutor, el tutor director y, en su caso, el codirector deben subir al DAD un informe donde conste su visto bueno al trabajo del doctorando durante la segunda anualidad.

§7.  Evaluación de la tercera anualidad:

  • Aportaciones de calidad (publicaciones): la evaluación de la tercera anualidad se basa en las «aportaciones de calidad» publicadas por el doctorando durante cualquiera de sus años de doctorado.
  • Al solicitar la evaluación, se sube al DAD el «plan de investigación y el plan de formación actualizados», junto con la referencia a las publicaciones, entendidas como «aportaciones de calidad» publicadas por el doctorando y que avalan su tesis doctoral. Se deben aportar los criterios de calidad de la publicación. Así, por ejemplo, es una revista indexada en CARHUS PLUS  en categoría A. Una copia de cada publicación debe subirse también al DAD. Las aportaciones de calidad, como todas las evidencias que se suben al DAD, deben tener el visto bueno del tutor, tutor director y, en su caso, codirector. Los estudiantes a tiempo completo deben acreditar al menos 0,5 puntos y los estudiantes a tiempo parcial al menos 0,25 puntos según los criterios aprobados por la Comisión Académica del programa que se pueden encontrar al final del documento. En cualquier caso, tanto los doctorandos a tiempo completo como los doctorandos a tiempo parcial deben tener 1 punto antes de depositar la tesis doctoral y solicitar la defensa de la misma.
  • IMPORTANTE: no se admitirán las publicaciones de corta extensión.
    • Certificados de aceptación de publicaciones: excepcionalmente, en el caso de que una

«aportación de calidad» no hubiera sido aún publicada al cierre del plazo para solicitar la evaluación, el doctorando podrá aportar, junto con el texto de la misma, un certificado oficial emitido por la revista en la que haya sido aceptada. Aunque una aportación aceptada y no publicada pueda ser presentada para esta evaluación, debe estar efectivamente publicada para avalar la tesis doctoral en el momento de su depósito.

 

  • Informe del tutor, el tutor/director y codirector: el tutor, el tutor director y, en su caso, el codirector deben subir al DAD un informe donde conste su visto bueno al trabajo del doctorando durante la tercera anualidad.
  • Solicitud de prórroga de los estudiantes: los estudiantes que prevean que no podrán depositar la tesis doctoral antes de finalizar el plazo fijado en el DAD deben solicitar la prórroga antes de que venza el plazo de lectura de tesis. Si lo hacen después de que haya transcurrido el plazo de tres años fijado en el DAD, quedarán expulsados del programa.

§8.  Evaluación de la cuarta y quinta anualidad de los estudiantes a tiempo parcial:

  • Aportaciones de calidad (publicaciones): la evaluación de la cuarta y quinta anualidad de los estudiantes a tiempo parcial se basa en las «aportaciones de calidad» publicadas por el doctorando durante cualquiera de sus años de doctorado.
  • Al solicitar la evaluación, debe constar en el DAD el «plan de investigación», que debe contener una referencia de las publicaciones de los que no hubieran alzando un punto en la evaluación anterior. Estos estudiantes deberán subir al DAD, bien en la cuarta bien en la quinta anualidad, las «aportaciones de calidad» necesarias para alcanzarlo. De las aportaciones deberá depositarse igualmente una copia en papel en la Secretaría de la Facultad de Derecho dentro del mismo plazo establecido para la convocatoria. Las aportaciones de calidad, como todas las evidencias que se suben al DAD, deben tener el visto bueno del tutor.
    • Certificados de aceptación de publicaciones: excepcionalmente, en el caso de que una

«aportación de calidad» no hubiera sido aún publicada al cierre del plazo para solicitar la evaluación, el doctorando podrá aportar, junto con el texto de la misma, un certificado oficial emitido por la revista en la que haya sido aceptada. Aunque una aportación aceptada y no publicada pueda ser presentada para esta evaluación, debe estar efectivamente publicada para avalar la tesis doctoral en el momento de su depósito.

  • Informe del tutor, el tutor/director y codirector: el tutor, el tutor director y, en su caso, el codirector deben subir al DAD un informe donde conste su visto bueno al trabajo del doctorando durante la segunda anualidad.
  • Solicitud de prórroga de los estudiantes: los estudiantes a tiempo parcial que prevean que no podrán depositar la tesis doctoral en el plazo previsto por el DAD para depositar la tesis, deben solicitar la prórrga antes de que se alcance la fecha límite para el depósito de la tesis, pues, en caso contrario, quedarán expulsados del programa.
  • §9. Evaluaciones, en su caso, de la cuarta y quinta anualidad (doctorandos a tiempo completo) o de la sexta y séptima anualidad (doctorandos a tiempo parcial) para los estudiantes a los que se haya concedido prórroga: Los estudiantes que se encuentran en esta situación deben solicitar también su evaluación anual. Deberán subir al DAD un informe de un máximo de 1000 palabras en las que se explique brevemente los aspectos de la tesis que ya están terminados y cuáles son las cuestiones pendientes.

Todos los años los doctorandos deben subir al DAD al menos una actividad formativa.

 

CRITERIOS DE CALIDAD DE LAS PUBLICACIONES QUE DEBEN AVALAR LAS TESIS DOCTORALES (LAS «APORTACIONES DE CALIDAD»)

 

§10. Exigencia de publicaciones que avalen la tesis: según el Reglamento de los Estudios de Doctorado de la UMA, sólo puede ser autorizada la defensa de las tesis doctorales que se encuentren «avaladas» por publicaciones previas del doctorando que cumplan determinados requisitos y alcancen unos estándares mínimos de calidad. Para la definición de los criterios generales de calidad de las publicaciones, el propio Reglamento remite a las orientaciones empleadas por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) para evaluar los programas de doctorado con mención hacia la excelencia, estableciendo que solo pueden avalar la tesis las publicaciones que alcancen al menos medio punto (0,5) en esa escala y que sólo podrá autorizarse la defensa de las tesis avaladas por un conjunto de publicaciones que alcancen al menos un punto (1.0). la comisión académica y de calidad definirá las puntuaciones correspondientes que permitan asignar a cada aportación un valor de 0, de 0,5, de 0,75 o de 1 punto. Son requisitos para las contribuciones que se presentan para avalar una tesis: a) Que hayan sido publicadas, o aceptadas para su publicación, muestra o reproducción, después de la fecha de matrícula del doctorando o la doctoranda en el programa. b) Que en ellas conste la Universidad de Málaga, a través de la afiliación de quien dirija la tesis y/o del doctorando o la doctoranda. c) Que el doctorando o la doctoranda conste en ellas como primer o segundo autor. Solo en casos realmente excepcionales, la correspondiente comisión académica y de calidad podrá autorizar, a la vista de las justificaciones presentadas y con el visto bueno de la Comisión de Posgrado, que el doctorando o la doctoranda figure en una posición posterior a la segunda. Esto no será de aplicación en las disciplinas en que sea habitual el orden alfabético en la autoría o el orden por instituciones, en cuyo caso el doctorando o la doctoranda justificará su aportación y la relación de la contribución con la tesis.  

§11. Criterios específicos de calidad aprobados por la Comisión Académica del programa de doctorado: el Reglamento indica igualmente que las Comisiones Académicas precisarán esos criterios para cada programa de doctorado, aprobando una serie de indicaciones específicas. Las indicaciones específicas del programa de doctorado en Ciencias Jurídicas y Sociales que se reproducen a continuación, fueron aprobadas en octubre de 2015 y actualizados el 28 de septiembre de 2017.

§12. Orientaciones ANECA: sólo se tendrán en cuenta artículos en revistas científicas o libros que cumplan con las orientaciones de ANECA a las que remite el Reglamento de doctorado de la UMA para el campo de las Ciencias Sociales o de las Ciencias Jurídicas.

§13. Artículos en revistas científicas: sólo se valorarán artículos publicados en revistas extranjeras de difusión internacional o artículos publicados en revistas españolas indexadas en bases de datos de reconocido prestigio, como JCR, SCOPUS, CIRC, CARHUS o similares. Las puntuaciones máximas serán las siguientes:

  • Revistas extranjeras, o españolas referenciadas en JCR o SCOPUS o que se incluyan en bases de datos como CIRC o CARHUS o similares con las categorías (A) o (B), hasta 1 punto.
  • Revistas españolas que se incluyan en bases de datos como CIRC o CARHUS o similares  con la categoría (C) o (D) o bien cumplan al menos 30 criterios LATINDEX, hasta 0.5 puntos.

§14. Libros: para la puntuación de los libros o capítulos de libro se tendrán en cuenta, preferentemente, las editoriales indexadas en la base de datos Scholarly Publishers Indicators in Humanities and Social Sciences (SPI), accesible en http://ilia.cchs.csic.es/SPI/, o en su defecto índices similares a este. Las puntuaciones máximas serán las siguientes:

  • Monografías, hasta 1 punto.
  • Capítulos de libro, hasta 0.5 puntos

§15.  Las puntuaciones máximas previstas para los artículos, capítulos de libros y libros recogidas en los apartados anteriores solo se obtendrán si el doctorando es el autor único del trabajo publicado salvo que se trate de publicaciones en revistas JCR y el doctorando firme en primer o segundo lugar.

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