banners
beforecontenttitle

Criterios de evaluación y documentación

Después del título del contenido
Antes del cuerpo del contenido
Trozos html editables
Trozos html editables

La Comisión Académica y de Calidad propondrá a la Comisión de Posgrado los criterios de calidad mínimos para que una tesis doctoral pueda concurrir al trámite de presentación. Aprobados por la Escuela de Doctorado, estos criterios serán publicados en la web del correspondiente programa.

Los criterios a los que se hace referencia serán aplicados a las tesis que se hayan desarrollado al menos en un curso académico y que hayan obtenido una evaluación positiva.

Respetando los criterios establecidos por cada comisión académica y de calidad, deberá exigirse que, durante el proceso de elaboración de la tesis doctoral, la doctoranda o el doctorando haya generado aportaciones de calidad directamente relacionadas con su trabajo de tesis.

Son aportaciones de calidad las susceptibles de ser evaluadas como tales, conforme a los criterios de calidad de la ANECA en cada área, según lo establecido en la correspondiente comisión académica, así como las valoraciones específicas (ordinarias y extraordinarias) de la CNEAI. Cuando la ANECA o la CNEAI no establezcan con detalle puntuaciones inferiores a 1 punto por cada publicación, la comisión académica y de calidad definirá las puntuaciones correspondientes que permitan asignar a cada aportación un valor de 0, de 0,5, de 0,75 o de 1 punto.

Los criterios de evaluación a que se refiere el apartado anterior serán publicados en la web del programa de doctorado. Son requisitos para las contribuciones que se presentan para avalar una tesis:

a) Que hayan sido publicadas, o aceptadas para su publicación, muestra o reproducción, después de la fecha de matrícula del doctorando o la doctoranda en el programa.

b) Que en ellas conste la Universidad de Málaga, gracias a la afiliación de quien dirija la tesis y/o de la doctoranda o el doctorando.

c) Que la doctoranda o el doctorando conste en ellas como primer o segundo/a autor/a. Solo en casos realmente excepcionales, la correspondiente comisión académica y de calidad podrá autorizar, a la vista de las justificaciones presentadas y con el visto bueno de la Comisión de Posgrado, que el doctorando o la doctoranda figure en una posición posterior a la segunda. Esto no será de aplicación en las disciplinas en que sea habitual el orden alfabético en la autoría o el orden por instituciones, en cuyo caso el doctorando o la doctoranda justificará su aportación y la relación de la contribución con la tesis.

Para ramas de conocimiento en que la ANECA y/o la CNEAI reconozcan criterios o valoraciones extraordinarias diferentes de publicaciones, la correspondiente comisión académica y de calidad someterá a la Comisión de Posgrado, para su aprobación, la propuesta de complementos a los criterios de baremación. Estos complementos no superarán la mitad de dichos criterios.

Después del cuerpo del contenido