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Seguimiento Doctorando DQ

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Según se establece en el Reglamento de Doctorado de la UMA, a todos los alumnos matriculados en el Programa de Doctorado, y en el plazo máximo de 3 meses tras la matriculación, se les asignará un tutor por parte de la Comisión Académica del programa. El tutor debe ser un doctor de la Universidad de Málaga, participante en el Programa de Doctorado, con experiencia investigadora acreditada (al menos un sexenios o equivalente). Tanto a efectos de gestión académica como electorales, los estudiantes de Doctorado quedarán vinculados al Centro o Instituto al que pertenezca el tutor.

La Comisión de Doctorado, a propuesta de la Comisión Académica del Programas de Doctorado, procederá a nombrar al director de tesis. El director de tesis podrá ser coincidente con el tutor (preferentemente) y en cualquier caso la asignación recaerá sobre cualquier doctor español o extranjero, con experiencia investigadora acreditada mediante la posesión de al menos un sexenio de investigación o méritos equivalentes, o bien haber dirigido previamente una tesis doctoral. En determinados casos podrá ser propuesto un codirector de la tesis. Podrá actuar como codirector cualquier doctor con experiencia investigadora acreditada cuyas labores de dirección en la tesis estén debidamente justificadas y sean imprescindibles. El codirector deberá acreditar las mismas condiciones exigidas para ser director de tesis, es decir, deberá estar en posesión de al menos un sexenio de investigación o méritos equivalentes, o bien haber dirigido previamente una tesis doctoral. Sólo en casos excepcionales una tesis podrá contar con más de un codirector, y nunca con más de dos. En caso de ser justificada la necesidad de dos codirectores, además del director, éstos no podrán ser de la misma Universidad. La Comisión de Doctorado, a propuesta de la Comisión Académica del programa, podrá modificar el nombramiento de tutor o director de tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del Doctorado siempre que concurran razones justificadas para ello.

Tanto el tutor y el Director, y en su caso co-directores, serán elegidos en función de su idoneidad con el tema de la Tesis a Desarrollar, la adscripción del tema de Tesis a una de las líneas de investigación propias de este programa de doctorado y la financiación de la misma.

 

EL COMPROMISO DOCUMENTAL DE SUPERVISIÓN

Tan pronto el alumno disponga de tutor y de director, se procederá a la firma del Compromiso Documental de Supervisión. Dicho documento sella el compromiso entre todas las partes y establece, entre otras cosas, los derechos y deberes de los tutores, directores y doctorandos, los procedimientos resolución de conflictos, los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan generar las tesis, y los criterios que van a ser usados para evaluar al doctorando.

 

EL PLAN DE INVESTIGACIÓN Y EL PROYECTO DE TESIS

Todos los doctorandos deben elaborar, antes de la finalización del primer año, un Plan de Investigación, que deberá contar con el aval del tutor y del director de tesis y el visto bueno de la Comisión Académica del programa. El Plan de Investigación de este Programa de Doctorado debe incluir los siguientes apartados:

  • Los objetivos que se pretenden alcanzar en el trabajo de investigación.
  • La metodología.
  • Las competencias que se pretenden desarrollar
  • Los medios necesarios y planificación temporal estimada para el desarrollo del trabajo
  • Un Proyecto de Tesis

 

El Proyecto de Tesis es un documento que permite evaluar si el estudiante posee o no un plan de trabajo concreto para la consecución de la tesis El proyecto se realiza bajo la supervisión del director de la tesis y debe contener, al menos, los siguientes contenidos:

  • La definición de un claro problema de investigación que se pretende abordar con el trabajo de tesis, o una cuestión que se pretende resolver.
  • Una hipótesis o contribución objetivo que se plantea para tratar de resolver el problema.
  • Un breve estudio sobre el estado del arte en el tema objeto de la tesis que demuestre un conocimiento suficiente de la literatura relevante para comenzar el trabajo de elaboración de la tesis.
  • Un plan de trabajo y cronograma para tratar de abordar la investigación con éxito, junto con un plan de diseminación de los resultados (publicaciones, congresos, etc.).
  • Una lista de los resultados esperados tras concluir la tesis, incluyendo tanto los científicos como los académicos (por ejemplo, competencias desarrolladas).

 

El Plan de Investigación deberá ser aprobado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado, que lo incorporará al Documento de Actividades del doctorando.


EL DOCUMENTO DE ACTIVIDADES

El Documento de Actividades recogerá el registro individualizado de control definido en el artículo 2.5 del R.D. 90/2011 para cada doctorando. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo y evaluación del doctorando.

Los registros realizados por el doctorando serán autorizados y certificados por el tutor y el director de tesis. También quedarán registrados los informes anuales que realicen su tutor y director de tesis, así como las evaluaciones anuales realizadas por la Comisión Académica.

El Documento de Actividades de todos los doctorados será creado, actualizado y mantenido de forma electrónica, utilizando para tal efecto la aplicación informática que disponga la Universidad de Málaga. Dicha aplicación estará disponible para todos los doctorandos desde la página web http://www.pop.uma.es , y accesible a través de claves personales de seguridad.

 

SEGUIMIENTO DE LA FORMACIÓN Y DESARROLLO DE LA TESIS

La Comisión Académica del Programa de Doctorado nombrará periódicamente un tribunal para realizar el seguimiento de los doctorandos. Dicho tribunal estará formado por tres profesores del Programa de Doctorado, uno de los cuales actuará como Presidente y otro como Secretario. Se nombrarán suplentes para ellos.

Salvo que la Comisión Académica de un Programa de Doctorado estipule otra cosa, el tribunal estará inicialmente formado por el investigador con más sexenios del programa del doctorado, que actuará como presidente; el que más tesis haya dirigido, que actuará como vocal; y el más joven, que actuará como secretario. En caso de igualdad entre dos posibles miembros, se decidirá por sorteo entre ellos. Como suplentes se escogerán los miembros del tribunal que hayan formado parte del mismo en su anterior composición.

En caso de que alguna de las figuras coincida (por ejemplo, que la persona que tenga más sexenios también sea el que haya dirigido más tesis), se escogerá al inmediatamente siguiente de acuerdo al orden que se establece para cada figura (número de sexenios, número de tesis y edad). En caso de igualdad entre dos posibles candidatos, se decidirá por sorteo entre ellos.

Los tribunales se nombrarán por un periodo de tres años, transcurrido el cual se renovarán en su totalidad, quedando los miembros salientes excluidos del proceso de selección de los siguientes.

El tribunal convocará dos sesiones de evaluación al año, aproximadamente cada seis meses, a las que los alumnos podrán presentarse para ser evaluados. Los miembros del tribunal no podrán juzgar a los alumnos que tutorizan o dirigen la tesis, para la cual actuará el correspondiente suplente.

Los criterios de evaluación utilizados por el tribunal serán los definidos por la comisión académica del Programa de Doctorado para cada uno de los tres años de desarrollo de la tesis, que habrán de haber sido aprobados también por la Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga. La información sobre dichos criterios será pública, estará recogida en la página Web del Programa, y formar parte del compromiso documental que suscribe el alumno al inscribirse. Dichos criterios han de garantizar que los doctorandos progresan adecuadamente para la consecución de los méritos exigidos en cada Programa de Doctorado para la defensa de la tesis.

El tribunal evaluará, a partir del Documento de Actividades de cada doctorando, así como los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director de tesis, al menos los siguientes aspectos:

  • Progreso de la tesis con respecto al Plan de Investigación propuesto
  • Producción científica hasta el momento (resultados, publicaciones, etc.).
  • Estancias realizadas, visitas a otros centros, asistencia a congresos, reuniones, etc.
  • Realización de actividades y complementos de formación.
  • Cualquier otra actividad o tema considerados relevantes.
  • Valoración general.

 

En la evaluación del primer año también se valorará y aprobará si procede el Plan de Investigación y el Proyecto de Tesis presentado por el doctorando. Si el tribunal rechaza el proyecto, el estudiante tiene una segunda oportunidad para modificarlo y presentarlo a los seis meses. Si el proyecto se rechaza por segunda vez, el estudiante debe solicitar de nuevo la admisión en el programa.

La evaluación positiva por parte del tribunal será requisito indispensable para continuar en el programa. En el caso de una evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser nuevamente evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de Investigación. En el supuesto de producirse una segunda evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa, que podrá ser recurrida ante la Comisión de Posgrado de la Universidad de Málaga.

Será misión del tribunal, además de juzgar la marcha del doctorando y el desarrollo del plan de investigación, el realizar recomendaciones y sugerencias que permitan mejorar el trabajo de tesis y la evolución del doctorando.

El tribunal redactará un informe con la evaluación, que quedará registrado en el Informe de Actividades del Doctorado.

En caso de una evaluación negativa definitiva, la Comisión Académica del Programa de Doctorado deberá recibir por parte del Tribunal Evaluador un informe sobre la calidad de la dirección y/o seguimiento de la Tesis por parte del Director o Directores. En caso que la Comisión Académica del Programa de Doctorado acuerdo por la mayoría cualificada de sus miembros que ha habido dejación por parte del Director o Directores, la Comisión Académica del Programa propondrá a la Comisión de Postgrado de la UMA, la sustitución del Director de la Tesis.

 

MOVILIDAD Y ESTANCIAS DOCTORALES

La movilidad y la realización de estancias de los doctorandos en universidades y centros de investigación internacionales forman parte de la estrategia de la Universidad de Málaga en materia de formación doctoral. Es por ello por lo que todos los Programas de Doctorado deberán favorecer e impulsar dichas acciones de movilidad, y en particular las que vayan dirigidas a la consecución de tesis con mención de Doctor Internacional, o aquellas que se desarrollan en régimen de cotutela.

La Universidad de Málaga, a través de su Plan Propio de Investigación, dispone de un conjunto de ayudas anuales para la realización de estancias de diversa duración en centros extranjeros, precisamente para incentivar este tipo de acciones. Igualmente, la Universidad de Málaga participa y colabora con diversas instituciones y organismos para el fomento de la movilidad y la internacionalización: AUIP, Universia, etc. Finalmente, el Plan Propio de Investigación de la Universidad de Málaga ofrece una serie de ayudas para la asistencia a congresos y seminarios, con el objetivo de favorecer e impulsar este tipo de actividades entre los doctorandos de la Universidad de Málaga.

Desde la página web de la Escuela de Doctorado se mantendrá información actualizada sobre las distintas convocatorias. Igualmente, los Programas de Doctorado pueden conseguir y ofrecer diferentes tipos de ayudas para la movilidad, estancia o asistencia a congresos, apoyándose en los convenios que puedan tener firmados con sus entidades colaboradoras o con otras universidades en el caso de Programas de Doctorado interuniversitarios.

En el caso del Programa de Doctorado se exigirá, dentro de lo posible, que todos los doctorandos a tiempo completo realicen al menos una estancia de 3 meses continuados en un centro extranjero, y que los doctorandos a tiempo parcial realicen al menos 2 estancias de entre un mes y mes y medio, por lo menos, en centros de investigación extranjeros.

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