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INFORMACIÓN SOBRE COTIZACIÓN POR LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS NO REMUNERADAS

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Desde el 1 de enero de 2024, para que puedas realizar las prácticas formativas no remuneradas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación y las prácticas académicas externas, es necesario incluirte en el sistema de la seguridad social, tal y como se establece en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Para poder incluirte en el sistema de la seguridad social es imprescindible que nos proporciones tu número de seguridad social (NUSS) pinchando el enlace que aparece al final de este párrafo y rellenando el dato en la casilla correspondiente (si ya nos has facilitado tu NUSS a través de ÍCARO, no es necesario que lo vuelvas a hacer). En el supuesto de que tu número de identificación sea un NIE o un pasaporte, además tendrás que facilitarnos tu nacionalidad. En el supuesto de que conozcas la fecha de inicio y fin de tus prácticas, ponlo en la casilla correspondiente (si no conoces las fechas, déjalo en blanco).

Pincha aquí para facilitarnos tu NUSS: https://practicasexternas.uma.es

A continuación encontrarás información útil y respuestas a las dudas que nos planteáis en relación con este asunto:

1. ¿Cómo puedo consultar mi NUSS?
 

Consulta del número de la Seguridad Social 

Lo habitual es que ya tengas un NUSS asignado previamente, si ya has trabajado o has estado cubierto por el Seguro escolar.

2. Si no tengo NUSS, ¿cómo puedo solicitarlo?
 

Solicitud del número de la Seguridad Social 

Si es tu PRIMERA ALTA es muy conveniente asegurarse de que la Seguridad Social dispone de tu documento de identidad escaneado. Para ello tendrías que personarte en las oficinas del municipio donde te encuentres.

3. Mi padre (o mi madre) está dado de alta en la Seguridad Social y yo aparezco como beneficiario/a, ¿tengo que facilitar el NUSS de mi padre/madre?

No. El NUSS es un número único para cada persona y sirve para identificarte en tus relaciones con la Seguridad Social. Por tanto, es necesario que nos aportes tu NUSS, que será diferente al de tu padre/madre.

4. Si estoy afiliado a MUFACE, ISFAS O MUGEJU por ser funcionario/a, ¿tengo que darme de alta en la Seguridad Social para poder realizar las prácticas formativas?

No. Según respuesta facilitada por la Tesorería General de la Seguridad Social, los funcionarios afiliados a MUFACE, ISFAS o MUGEJU no tendrán que darse de alta en la Seguridad Social para la realización de prácticas formativas.

5. Si estoy afiliado a MUFACE, ISFAS O MUGEJU por ser beneficiario/a de uno de mis progenitores que es funcionario/a, ¿tengo que darme de alta en la Seguridad Social para poder realizar las prácticas formativas?

Sí. Según respuesta facilitada por la Tesorería General de la Seguridad Social, los y las estudiantes que realizan prácticas formativas no remuneradas y están en MUFACE, ISFAS o MUGEJU por ser beneficiarios/as de la prestación de asistencia sanitaria de uno de sus progenitores quedarán comprendidos en el ámbito de aplicación de la disposición adicional quincuagésima segunda, estando obligados a darse de alta en el sistema de la Seguridad Social para la realización de sus prácticas. No obstante, dado que son prácticas sin remuneración, el beneficiario no incurre en duplicidad y su inclusión en el sistema de Seguridad Social por la realización de tales prácticas no dará lugar a la modificación del título por el que se tuviera derecho a la prestación por asistencia sanitaria salvo la derivada de contingencias profesionales.

6. Si percibo alguna prestación (ingreso mínimo vital, orfandad, etc...), ¿veré interrumpida la prestación durante el periodo de realización de las prácticas?

Efectos de la disposición adicional quincuagésima segunda del TRLGSS sobre el derecho a pensiones no contributivas (PNC), y prestaciones de dependencia: Pensiones no contributivas. Si se acredita que las prácticas no son remuneradas se entiende que la prevista inclusión en el Régimen General no produciría ningún efecto sobre el derecho y la cuantía de la pensión no contributiva.

7. Si estoy en situación de baja laboral en mi trabajo, ¿cómo me afectará el alta en la Seguridad Social para la realización de mis prácticas?

No existirá nueva alta en la Seguridad Social por la realización de prácticas no remuneradas, dado que debe entenderse que ya figuraba como trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social (ver pregunta siguiente).

8. ¿En qué situaciones no es necesario darse de alta como estudiante en prácticas formativas no remuneradas?

IMPORTANTE: Esta información está en revisión por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social (VER ENLACES AL FINAL DE ESTA PÁGINA)

"Se debe comunicar el alta del alumno en prácticas con independencia de que concurran estas condiciones, siendo la TGSS la que resuelva sobre su procedencia en el momento de la liquidación."

Las situaciones que excluyen darse alta en la Seguridad Social son las siguientes:

  • Figurar de alta como trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Figurar de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Trabadores del Mar o Minería del Carbón.
  • Ser funcionario MUFACE, ISFAS o MUGEJU.
  • Estar en situación asimilada al alta con obligación de cotizar por estar percibiendo la prestación por desempleo.
  • Excedentes por cuidado de hijos o familiares (no se trabaja pero ese periodo se considera cotizado).
  • Pensionistas por jubilación.
  • Pensionistas por incapacidad permanente total (EN GRADO DE ABSOLUTA Y GRAN INVALIDEZ)

9. ¿Qué debo hacer si dejo de estar en algunas de las situaciones anteriores citadas que me excluían de darme de alta en la Seguridad Social?

Estas obligado a comunicar, en el enlace citado anteriormente (https://practicasexternas.uma.es) cualquier cambio que se produzca en la situación que hayas manifestado.

10. Información ampliada en la pagina web de la SEGURIDAD SOCIAL

 Cuestiones de interés

Ámbito de aplicación de la D.A. 52ª LGSS

Prácticas en programas formativos internacionales

Afiliación. Altas y bajas

Alumnos perceptores de subsidios o prestaciones



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