Procedimiento
¿QUÉ VEHÍCULOS SE PUEDEN CLASIFICAR HISTÓRICOS?
Cualquier tipo de vehículo es susceptible de ser clasificado histórico: motocicletas con o sin sidecar, ciclomotores, turismos, furgonetas, camiones, autobuses, autocaravanas, caravanas, remolques, remolques con MMA<750 Kg que no llevan matrícula, tractores, vehículos agrícolas, vehículos especiales (ambulancias, coches de bomberos...) y todo vehículo que esté, haya estado matriculado o podría haberlo estado, en algún momento en España o en cualquier pais del mundo.
Existen dos grupos de vehículos a efectos de determinar el procedimiento aplicable.
Grupo A:
aquellos vehículos con matricula ordinaria española y con inspección ITV en vigor.
Grupo B:
el resto de vehículos que no cumplan las condiciones del Grupo A.
Tambien se incluiran en este grupo los vehículos que complen las condiciones del Grupo A, pero que quieran obtener una matricula histórica por no corresponderse su matricula ordinaria con la asignada al vehículo en su fecha de fabricación o matriculación.
A) El procedimiento para la clasificación de un vehículo del Grupo A:
Los vehículos del grupo A no necesitan la intervención de un Servicio Técnico de vehículos históricos. Pregunte en la DGT(*) la documentación necesaria para su clasificación como histórico.
Con excepción a lo anterior, si el vehículo del Grupo A, ha sido sometido a reformas permitidas, si que necesitará un certificado favorable de reformas previas a la clasificación como vehículo histórico emitido por un Servicio Técnico de vehículos históricos.
A) El procedimiento para la clasificación de un vehículo del Grupo B:
Deberá someterse a inspección en un Servicio Técnico de vehículos históricos, que emitirá un informe técnico, segun forma y contenido indicado en el Reglamento de vehículos históricos, con validez en todo el territorio nacional y un plazo de vigencia de tres meses, plazo en el cual debera presentarse a inspección en una estación ITV.
Una vez superada la inspección ITV, la estación ITV expedirá un nueva tarjeta ITV.
Finalmente, el solicitante de la matriculación como vehículo histórico la solicitará ante la Jefatura de Trafico (*), acompañando su solicitud de la documentación indicada por la DGT, que a la vista de la documentación presentada, matriculará el vehículo como histórico, expidiendo un nuevo permiso de circulación en el que constará el servicio histórico.
(*) Las direcciones de las delegaciones provinciales de la Jefatura de Trafico pueden encontrarse en:
Jefaturas y Oficinas de Tráfico