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Duplicado de Títulos Oficiales

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Cualquier alteración o posibles modificaciones que afecten al contenido de un título (cambio de nacionalidad, nombre y/o apellidos, errores materiales o de hecho, etc.) exigirán la anulación del Título original y la expedición de un duplicado. 

El importe de los precios públicos por expedición del duplicado correrá a cargo de la persona interesada cuando le sea imputable la causa que originó la modificación del contenido del título.

INICIO DEL TRÁMITE

Para poder iniciar el trámite de duplicado, es necesario entregar el título original (salvo en el caso de extravío) y copia de la documentación que acredita la modificación solicitada. Puede entregarse de manera presencial en la Sección de Títulos (Pabellón de Gobierno, planta baja) o enviarlo por correo postal a la siguiente dirección:

Sección de Títulos

Pabellón de Gobierno

Campus El Ejido

Universidad de Málaga

29071 Málaga

Una vez recibido, le enviaremos a la dirección de email facilitada, las instrucciones para el pago del importe de las tasas correspondientes.

Documentación a presentar

  1. Solicitud de duplicado presentada en Registro General.
  2. Título original.
  3. Copia en vigor del DNI o, en su caso, del Pasaporte, si el motivo del duplicado es causado por un cambio de los datos incorporados en el título objeto de modificación.
  4. Cualquier otra documentación acreditativa de la modificación solicitada.

DUPLICADOS POR EXTRAVÍO

En caso de extravío, será requisito previo e indispensable, la publicación en el Boletín Oficial del Estado de un anuncio en el que se haga constar la citada incidencia con el objeto de propiciar, en su caso, las oportunas reclamaciones.

El trámite se puede iniciar de manera presencial en la Sección de Títulos o a través de correo electrónico en la dirección titulos@uma.es, aportando copia de su DNI o Pasaporte y comunicando los siguientes datos:

-        Nombre y apellidos.

-        Dirección postal completa.

-        Número de teléfono.

-        Denominación del título extraviado.

Tras la recepción de la documentación, se remiten los impresos y las instrucciones de pago tanto de las tasas de duplicado como de los costes de publicación del anuncio en el BOE.

Una vez abonadas las diferentes tasas, se expide un justificante acreditativo de la tramitación de duplicado.

Transcurrido el plazo reglamentario de treinta días desde la publicación del anuncio, sin que se hayan producido reclamaciones, se procederá a la tramitación de la expedición del duplicado.

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