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Formato y modalidades de tesis

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Este documento debe ir tras la portada de cada ejemplar de la tesis (en formato electrónico-PDF).  No sustituye a la carta-visto bueno del tutor y director de la tesis. En este enlace pueden consultarse todos los formularios de doctorado.

Tesis por monografía

Toda la información relativa a la tesis doctoral con formato de monografía puede encontrarse en el Capítulo V del Reglamento 4/2022 de la Universidad de Málaga, sobre los Estudios de Doctorado

Artículo 54. Tesis doctoral con formato de monografía

1. Con carácter general, la tesis doctoral con formato de monografía deberá: a) Contar, como mínimo, con una introducción al tema de estudio y un resumen del estado de la cuestión, los objetivos de la investigación, la metodología empleada, una exposición de la investigación realizada, la discusión, si procede, de los resultados obtenidos, las conclusiones y la bibliografía referenciada. Podrá asimismo incluir cuantos anexos se consideren oportunos. b) Hacer constar que se trata de una tesis doctoral y explicitar el título, el autor, el director o directores, el programa de doctorado, el nombre de la Universidad de Málaga y, en caso de cotutela el de la otra universidad, así como el año de su defensa. En tesis con más de un volumen se indicará claramente en cada portada el número del volumen.

2. La tesis se redactará en español o en alguno de los idiomas habituales para la comunicación científica. Cuando la tesis no esté redactada en español deberá incluir un resumen de al menos tres mil palabras en dicho idioma.

3. Las tesis doctorales elaboradas en los ámbitos de las filologías o de traducción e interpretación se podrán presentar en las lenguas correspondientes. Cuando ninguna de las lenguas sea el español, deberán incluir un resumen de al menos tres mil palabras en dicho idioma.

4. Las tesis estarán avaladas por publicaciones científicas u obras generadas durante el transcurso de sus estudios de doctorado por el autor o la autora, en los que se deberá hacer constar su vinculación con la Universidad de Málaga, y que estarán directamente relacionadas con su tesis. Estos trabajos deberán responder a los criterios de calidad de la ANECA sobre las publicaciones en cada área conforme a lo establecido en la correspondiente comisión académica y de calidad del programa de doctorado.

En un trabajo de autoría múltiple: a) El número de autores y autoras no deberá ser superior a cuatro. Si lo fuese, se requerirá informe detallado de quien dirija la tesis sobre la contribución de cada autor o autora al trabajo publicado.b) El doctorando o la doctoranda deberá obtener la renuncia de los restantes autores a presentarlo como parte o aval de otra tesis doctoral. Verificable en https://sede.uma.es/verifica c) El doctorando o la doctoranda deberá ser el primer autor, o bien el segundo siempre que el primer firmante sea quien dirija su tesis y que el doctorando o la doctoranda especifique cuál ha sido su aportación científica, lo que deberá estar avalado por el director. Estarán exceptuados de este requisito los trabajos de disciplinas en que sea habitual el orden alfabético en la presentación de la autoría, en cuyo caso el doctorando o la doctoranda justificará su aportación y la relación del trabajo con su tesis.

5. Cuando el doctorando o la doctoranda comparta autoría en alguno de los trabajos con los que quiera avalar su tesis, deberá obtener la renuncia de los restantes autores no doctores a presentarlo como parte o aval de otra tesis doctoral

Tesis por compendio

Si quiere saber más sobre la tesis doctoral por compendio de publicaciones, consulte el Reglamento 4/2022 de la Universidad de Málaga aquí

Artículo 55. Tesis doctoral por compendio de publicaciones

1.Podrán presentarse para su evaluación como tesis doctoral un conjunto de trabajos, directamente relacionados entre sí, que, publicados previamente por el doctorando o la doctoranda, se presenten en una memoria que les de unidad, y en los que se deberá hacer constar su vinculación con la Universidad de Málaga.

2. Las tesis presentadas como compendio de publicaciones deberán constar de: a) Una introducción que presente los trabajos y justifique la unidad temática de los mismos para conformar una tesis. Esta introducción deberá ser lo suficientemente extensa, e incluirá el estudio del estado de la cuestión, los detalles que, por limitaciones de espacio, no se hubieran podido incluir en las publicaciones que avalan la tesis y los objetivos del trabajo. b) Un resumen global de los resultados, la discusión, si procede, de estos resultados, las conclusiones y una copia de los trabajos que forman parte integrante de la tesis. La introducción debe ser lo suficientemente extensa y debe incluir el estudio del estado de la cuestión, los detalles que no se han podido incluir en las publicaciones que avalan la tesis por limitaciones de espacio y los objetivos del trabajo. c) Cuando la tesis no esté redactada en español deberá incluir en todo caso un resumen de al menos tres mil palabras en dicho idioma.

3. Para solicitar la admisión a trámite de una tesis por compendio de publicaciones, será necesario que esté compuesta por un mínimo de tres publicaciones (artículos, capítulos de libro o libros). Esas mismas publicaciones son las que se tendrán en cuenta para avalar la tesis. Al menos dos de las publicaciones deberán haberse efectuado en medios considerados aptos según los criterios de evaluación que, en relación con el campo científico al que pertenezca la línea de investigación en la que se presente la tesis doctoral, publica la CNEAI.

4. La suma de las puntuaciones de las publicaciones que forman parte de una tesis presentada como compendio de publicaciones ha de responder a los criterios de calidad a los criterios de calidad de la ANECA sobre las publicaciones en cada área conforme a lo establecido en la correspondiente comisión académica y de calidad del programa de doctorado.

5. Los trabajos reagrupados deberán haber sido publicados después de la primera matrícula de tutela académica de la tesis doctoral en la Universidad de Málaga. 

6. En un trabajo de autoría múltiple: a) El número de autores y autoras no deberá ser superior a cuatro. Si lo fuese, se requerirá informe detallado de quien dirija la tesis sobre la contribución de cada autor o autora al trabajo publicado. b) El doctorando o la doctoranda deberá obtener la renuncia de los restantes autores a presentarlo como parte o aval de otra tesis doctoral. c) El doctorando o la doctoranda deberá ser el primer autor, o bien el segundo siempre que el primer firmante sea quien dirija su tesis y que el doctorando o la doctoranda especifique cuál ha sido su aportación científica, lo que deberá estar avalado por el director. Estarán exceptuados de este requisito los trabajos de disciplinas en que sea habitual el orden alfabético en la presentación de la autoría, en cuyo caso el doctorando o la doctoranda justificará su aportación y la relación del trabajo con su tesis.

7. En cada ejemplar de la tesis se hará constar que se trata de una tesis doctoral por compendio de publicaciones y se explicitarán el título, el autor, el director o directores, el programa de doctorado, el nombre de la Universidad de Málaga y, en caso de cotutela, el de la otra universidad, así como el año de su defensa. En tesis con más de un volumen se indicará claramente en cada portada el número del volumen.

Mención Industrial

Puede acceder a toda la información recogida en el Reglamento 4/2022 de la Universidad de Málaga sobre la mención industrial a través de este enlace

Artículo 60. Doctorados con la empresa y la mención industrial

1. La Universidad de Málaga promoverá la realización de doctorados con la empresa, en los que, dentro de un programa de doctorado, los doctorandos o las doctorandas realicen un trabajo de investigación total o parcialmente en una empresa pública o privada, o en una administración pública.

2. Con las tesis realizadas en empresas se pretende formar investigadores capacitados para desarrollar e impulsar las actividades de I+D+i en un entorno empresarial nacional, y a la vez mejorar la relación de la Universidad de Málaga con dicho sector, poniendo de relieve el impacto social del doctorado y la transferencia de conocimientos.

3. El plan de investigación deberá abordar un proyecto de interés empresarial de uno de los dos tipos siguientes: a) Proyectos de investigación empresarial: estarán orientados a la investigación planificada o serán estudios encaminados a adquirir conocimientos que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios o que permitan mejorar considerablemente los ya existentes, incluyendo la construcción de prototipos o el desarrollo de líneas piloto para la investigación empresarial o industrial. b) Proyectos de desarrollo experimental: estarán orientados a la adquisición, la combinación, la configuración y el empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. El desarrollo experimental podrá comprender el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios con el objetivo principal de aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados. 

4. Se otorgará la mención de “Doctorado industrial”, que figurará en el título de doctor o doctora, siempre que concurran las siguientes circunstancias: a) La existencia de un contrato laboral o mercantil del doctorando o la doctoranda con una empresa del sector público o privado, o con una administración pública, siempre que no se trate ni de ninguna Universidad ni de una empresa o entidad vinculada o que colabore con la Escuela de Doctorado de la Universidad de Málaga. El doctorando o la doctoranda deberá aportar asimismo un certificado de vida laboral.  b) El contrato laboral o mercantil deberá tener una duración mínima de seis meses y estar en vigor en el periodo que el estudiante o la estudiante forme parte del programa de doctorado. c) El Compromiso de Supervisión del Doctorando deberá contener explícitamente la referencia al proyecto de investigación empresarial o de desarrollo experimental que se pretenda realizar desde el inicio o deberá modificarse para tal fin si el estudiante de doctorado decide optar a la mención industrial con posterioridad. d) La relación directa entre el proyecto de tesis doctoral y el que vaya a ser desarrollado por el doctorando o la doctoranda como proyecto en la empresa se acreditará mediante una memoria realizada por la correspondiente comisión académica y de calidad, que deberá contar con el visto bueno de quien dirija la Escuela de Doctorado. e) La existencia de un convenio de colaboración marco entre la Universidad de Málaga y la empresa o administración pública con que el doctorando o la doctoranda tenga contrato en vigor, siempre que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre las partes signatarias de dicho convenio. En el convenio constarán las obligaciones de la Universidad de Málaga y de la empresa o administración pública, así como el programa de doctorado de que se trate y el procedimiento de selección de los doctorandos y las doctorandas. f) Las evidencias que fundamentarán la decisión de conceder o denegar la mención industrial, serán las que queden registradas en el DAD. 

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